¿Has escuchado hablar de la prima vacacional?

¿Sabías qué es parte de tus Derechos Laborales ?

Los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos. Prima vacacional es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones.

Periodo vacacional:
Cuando se cumpla un año de servicio, se tendrá derecho a 6 días de vacaciones por lo menos.
A partir del segundo año de servicios y por cada año subsecuente, aumentará en 2 días las vacaciones, hasta llegar a 12.
A partir del quinto año de servicios, el periodo vacacional aumentará en 2 días por cada 5 años de servicios.
Si trabajas por temporada el periodo de vacaciones se otorgará en proporción al número de días trabajados en el año.

¿Quién determina el periodo vacacional?
El patrón determina las fechas en las que el trabajador disfrutará de sus vacaciones, dentro de los 6 meses siguientes al cumplir cada año de servicio.

¿Cuánto me corresponde?
Tu patrón debe pagar salario ordinario que corresponda a los días del periodo vacacional disfrutado.
Por prima vacacional el 25% del monto percibido por el periodo de vacaciones

¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te las pagan?
Un año a partir de que éstas sean exigibles

¿Qué pasa si no te pagan?
Puedes registrarte en nuestro formulario de “Asesoría Jurídica” donde un abogado te brindará asesoría legal, gratuita y personalizada.
Somos CONFEDIN la voz de los trabajadores.

 

Fuente: PROFEDET